El envío de un correo electrónico le va a salir caro a la Agrupación Municipal de Granada del PSOE.
La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto una sanción de 1.500 euros a esta Agrupación Municipal al considerar que ésta vulneró la LOPD al enviar un correo electrónico donde invitaba a una persona a un evento (IV Foro Ciudadano) sin que ésta diera su consentimiento.
Los hechos se remontan a Abril de 2011, cuando la AEPD recibió una denuncia de un ciudadano que decía haber recibido un correo electrónico de la Agrupación Municial del PSOe cuando en ningún momento había dado su consentimiento para el manejo de sus datos personales. Y es aquí lo importante ya que la resolución se basa en una sentencia de la Audiencia Nacional del 15 de Enero de 2011 donde se apunta que la dirección de correo electrónica de la que es titular una persona física “constituye una información que le concierne, que le afecta, y que forma parte del ámbito de su privacidad protegido por la Ley de Protección de Datos, siéndole plenamente aplicable su régimen jurídico”.
Con esta información y dado que el PSOE de Granada no pudo aportar prueba documental que acreditará el consentimiento del denunciante del uso de su correo electrónico, la AEPD ha decidido imponer esta sanción.