La Agencia Española de Protección de Datos ha abierto un expediente a la Conserjería de Educación de Castilla-La Mancha por el mal uso de las cámaras de seguridad de un instituto de Albacete.
Un trabajador del propio instituto denunció ante la AEPD la colocación de cámaras en el instituto. Según el denunciante, este sistema de videovigilancia tenía la única intención de controlar a los trabajadores algo negado por la Conserjería cuyos representates afirman que la colocación de las cámaras se debía a motivos de seguridad. En cualquier caso, el uso de este tipo de cámaras en el centro de educación secundaria vulnera la Ley de Protección de Datos ya que al parecer no cumplían con todos los requisitos.
La instalación de este tipo de cámaras en centros educativos de menores no son ilegales pero se deben cumplir ciertos trámites entre los que se incluye su aprobación por parte del Consejo Escolar, su notificación a la delegación correspondiente de la Conserjería de Educación y su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Además, no debe contar con la oposición de los implicados.
En este caso concreto, parece que el sistema de cámaras fue aprobado por el Consejo Escolar y notificado a la Conserjería pero no se publicó oficialmente en el boletín de la comunidad.
De confirmarse que estas cámaras no cumplen con la normativa vigente, la Conserjería y, por extensión, la Junta de Comunidades, podrían enfrentarse a una sanción máxima de 300.000 euros. Los responsables del centro consideran que este expediente acabará con una simple advertencia por parte de la AEPD ya que en el momento en que se conoció que este sistema de cámaras podría ser ilegal, fue desinstalado.
Los sistemas de videovigilancia se han convertido en un importante foco de polémica. En los últimos meses se han conocido distintos expedientes abiertos por la AEPD en otros centros educativos así como la sanción impuesta a distintas entidades bancarias por lo que parece que el caso de este instituto de Albacete no es para nada extraño.