La Agencia Española de Protección de Datos ha emitido una resolución en la que reconoce su obligación de solicitar a Google que deje de indexar sentencias del Tribunal Constitucional (TC) publicadas en el BOE si alguna persona lo pide al considerar que se vulneran sus derechos de privacidad.
Esta resolución está en línea con el derecho al olvido en la Red y en la potestad de los usuarios de solicitar que sus datos no aparezcan como resultado de una búsqueda en un servicio como el de Google.
Dentro de este tema, la aparición de datos personales ligados a sentencias judiciales es uno de los más polémicos. El TC tiene la potestad sobre sus sentencias y reproducción, quedando éstas limitadas a su publicación en los sitios webs oficiales. Desde 2011 se plantea el conflicto de si el TC puede decidir sobre la publicación de sus sentencias en otros sitios web ser indexadas por buscadores como Google.
Esta sentencia de la AEPD parece que deja resuelto este conflicto aunque en un primer momento, la Agencia de Protección de Datos declaró que no tenía competencias para decidir sobre la difusión de sentencias y que debía ser el propio TC el que tomara la decisión.
Precisamente, fue este órgano el que decidió que sus sentencias solo deben publicarse en sitios oficiales excluyendo a Google de sus competencias. Una vez pronunciado el TC, la AEPD ha ratificado su decisión. Claro que el tema se puede complicar más. Google tiene el derecho a no acatar las peticiones de la AEPD y trasladar el caso a la Audiencia Nacional alargando el proceso.