El Derecho al Olvido en Internet (conoce qué es y en qué consiste el derecho al olvido aquí) es un asunto que está causando una gran polémica entre ciudadanos y usuarios de la Red con buscadores como el de Google. En los últimos días, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido su fallo a favor de la eliminación de los resultados en búsquedas relacionadas con datos personales en Google si el afectado así lo solicita.
De esta manera y según la sentencia, tanto la compañía de Mountain View como el resto de motores de búsqueda estará obligados a borrar de sus listas los resultados con enlaces a webs publicadas por terceros con información relativa a la persona que emita una solicitud directamente al gestor de la plataforma de búsqueda. Cada caso será estudiado y si la petición está bien fundamentada, los administradores del motor de búsqueda estarán obligados a atenderla.
Esta sentencia supone el fin del camino iniciado por el español M.C. que hace seis años decidió acudir a la Agencia Española de Protección de Datos para que Google retirara un enlace a una página de La Vanguardia donde se anunciaba una subasta de inmuebles relacionados con un embargo en el que este ciudadano se vió involucrado en 1998. A pesar de que la deuda había sido saldada, esta persona seguía apareciendo en el buscador junto a dicha información con el daño asociado a su reputación. La AEPD decidió dar la razón a M.C. y pidió a Google que retirara dicho enlace, algo a lo que la compañía se negó alegando que tal acción iba en contra de la neutralidad y transparencia de su buscador.
Tras esta negativa, la propuesta se remitió a la Audiencia Nacional española desde donde se rebotó al TJUE. Tras una primera sentencia favorable a Google en Junio de 2013 por parte del Tribunal de Justicia ha llegado la sentencia mencionada al principio del post en favor del demandante.
Google ha emitido un comunicado donde expresa su incomodida ante tal resolución:
Esta es una decisión decepcionante para los motores de búsqueda y editores online en general. Estamos muy sorprendidos de que difiera tan drásticamente de las conclusiones del Abogado General y de las advertencias y las consecuencias que ya identificó. Vamos a dedicar tiempo, desde este momento, para analizar las implicaciones de dicha decisión.
El debate está abierto.