La Agencia Española de Protección de datos ha sancionado a Canal+ con dos multas cuyo monante final asciende a 100.000 euros. Dichas sanciones han sido el resultado de una investigación llevada a cabo por la AEPD tras una denuncia interpuesta por FACUA-Consumidores en Acción contra la plataforma de televisión por satélite.
La razón de la denuncia no es algo novedoso ya que no es el primer caso que se inicia tras la inclusión de un usuario en el registro de morosos Asnef. En este caso concreto, un usuario denunció en Agosto de 2011 tras recibir la notificación de Digital+ (Canal+ en la actualidad) de una deuda de 175 euros por un contrato que nunca había formalizado. De hecho, el contrato inicialmente gestionado en la ciudad de Jérez se acabaría firmado en un domicilio de Sevilla que no coincidía con el del ciudadano en cuestión.
Canal+ se negó a proporcionar al usurio acceso a dicho contrato y la documentación relacionado limitándose a solicitar el pago de los 175 euros. En ese momento, el ciudadano afectado decidió, por un lado, denunciar ante la policía por si se había producido algún delito de suplantación de identidad, y por otro, recurrir a FACUA para tramitar la reclamación oportuna al canal gestionado por el grupo PRISA. La asociación de consumidores recibió la misma negativa por parte de Canal+ que el usuario siendo además incluido en los registros de Asnef, momento en que se dió parte del caso a la AEPD.
Ya en Agosto de 2012, Canal+ reclamaba ya al usuario una cifra de casi 700 euros que tras la investigación de la Agencia de Protección de Datos ha quedado en nada. Eso sí, Canal+ deberá hacer frente a dos multas de 50.000 euros cada una de ellas, por haber tramitado el alta de un contrato sin consentimiento del afectado y por la inclusión del mismo en el registro de morosos.