Las cámaras de seguirad y videovigilancia siguen siendo motivo de polémica. Una de las últimas infracciones conocidas por el mal uso de estas cámaras la ha impuesto la Agencia Española de Protección de Datos a Correos.
La AEPD ha aprobado una resolución por la que sanciona a la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos tras la denuncia de un ciudadano por las grabaciones de las cámaras de seguridad instaladas en la sede central de Correos en Barcelona.
Según dicha resolución, Correos habría cometido una «infracción grave» al tomar imágenes en la vía pública que «exceden el principio de proporcionalidad exigido por la normativa de protección de datos«. La resolución continúa argumentando que se obtienen «imágenes de personas y vehículos en todas las vías públicas circundantes al citado edificio, sin circunscribirse al espacio de la vía pública imprescindible (como serían las inmediaciones de los accesos al edificio) que aseguraría la finalidad de vigilancia del edificio que se persigue«.
Correos utiliza actualmente cámaras móviles del tipo ‘domo’ que recogen imágenes de la calzada y ambas aceras en algunos casos. A pesar de la gravedad con la que se califica este hecho, la multa impuesta por la AEPD asciende a solo 20.000 euros. La falta de intencionalidad y ausencia de beneficios para Correos han servido como atenuante para imponer dicha sanción.